Dom. Abr 12th, 2026

La Audiencia Nacional ordena reanudar el juicio a seis exonerados por formar una célula yihadista

La Audiencia Nacional ordena reanudar el juicio a seis exonerados por formar una célula yihadista

Repetición de Juicio a Célula Yihadista en Mallorca

MADRID, 10 (EUROPA PRESS)

La Audiencia Nacional ha decidido repetir el juicio a seis acusados de formar una célula yihadista en Inca, Mallorca. Estos individuos fueron absueltos de presuntos delitos de adoctrinamiento y captación terrorista en un fallo que ha suscitado controversia.

La Sala de Apelación ha estimado el recurso de la Fiscalía, que argumentó que el tribunal inicialmente encargado del caso no valoró adecuadamente el contenido de las intervenciones telefónicas admitidas como prueba. En diciembre pasado, la Sala de lo Penal había absuelto a los acusados, a pesar de que la Fiscalía pedía condenas de entre 5 y 8 años de prisión. Uno de los acusados es un predicador salafista conocido en la comunidad musulmana por sus vídeos en YouTube.

Tras el juicio, quedó demostrado que varios acusados grabaron un vídeo de ficción que subieron a redes sociales. Sin embargo, el tribunal consideró que el visionado de dicho material no permitía concluir que existiera adoctrinamiento. La Fiscalía alegó que el vídeo titulado ‘Toufik se fue a Siria’ ilustraba el proceso de radicalización, captación y envío a Siria de un joven ficticio llamado Toufik, residente en Palma. Este material, según el Ministerio Público, podría constituir un delito de adoctrinamiento, al buscar convencer a musulmanes para unirse al Estado Islámico (DAESH) o llevar a cabo atentados en países occidentales.

ANALIZAR «CONVENIENTEMENTE» LAS CONVERSACIONES INTERVENIDAS

La Sala de Apelación ha decidido respaldar la tesis de la Fiscalía, señalando que la sentencia recurrida no hacía referencia al contenido de las conversaciones intervenidas ni a las posibles conclusiones que se podrían extraer de ellas. Según los magistrados, esta falta de análisis podría haber influido en la comprensión del contexto del mencionado vídeo y la intención de los acusados al recopilar tal cantidad de material.

El tribunal destacó que la ley permite modificar un fallo absolutorio si no se ha evaluado toda la prueba presentada. Señala que la ausencia de una referencia mínima al contenido de las conversaciones, ya sea favorable o desfavorable a la acusación, sin motivar por qué no se ha realizado tal valoración, vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva, un asunto que no puede remediarse en segunda instancia.

Como resultado, la sentencia de instancia y el juicio oral se anulan, y se ordena celebrar un nuevo juicio con un tribunal diferente. Este cambio es necesario debido a la «pérdida de imparcialidad» del tribunal original, cuyos pronunciamientos anteriores podrían haber influido en su decisión, especialmente en una valoración exhaustiva de las pruebas que afecta a los aspectos subjetivos de los delitos imputados.

Para la Sala de Apelación, es imperativo realizar un análisis adecuado del contenido de las conversaciones o justificar razonadamente cualquier decisión opuesta, a fin de establecer los hechos probados y proceder a la calificación jurídica considerando todos los elementos de los delitos imputados.

FUENTE

Constanza Sanchez

Por Constanza Sanchez

Soy periodista especializada en comunicación digital y producción de contenidos multimedia. Combino redacción, análisis de audiencias y SEO para crear historias claras y relevantes. Me enfoco en formatos innovadores, narrativas visuales y en desarrollar contenidos que conecten con comunidades diversas en entornos informativos dinámicos.

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