ALMERÍA, 22 Nov. (EUROPA PRESS) – El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado a cinco años de prisión a dos responsables de una patera que partió desde una playa de Argelia con una treintena de personas a bordo. A cada inmigrante se les cobró alrededor de 8.000 euros por ocupar un lugar en la precaria embarcación que los trasladó a las costas de Almería.
El fallo judicial y sus implicaciones
El fallo, consultado por Europa Press, rechaza el recurso de apelación de la defensa y ratifica las penas por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros de cada uno de los acusados. Según el tribunal, ambos pusieron en riesgo la vida de otros, dado que la embarcación carecía del espacio necesario, lo que aumentaba la posibilidad de que alguno de los ocupantes cayera al mar ante «cualquier movimiento brusco».
Pruebas contundentes en su contra
El tribunal considera que existen pruebas suficientes en su contra, no solo por la declaración de un testigo protegido que los identificó, sino también por la existencia de un vídeo grabado a bordo que los muestra al mando de la nave. Este material fue entregado a la Policía e incluido en el caso, aunque la persona que lo grabó no quiso declarar por miedo a represalias.
Los hechos y el contexto del viaje
La resolución judicial se refiere a los hechos ocurridos el 5 de agosto del año pasado, cuando, alrededor de las 17:19 horas, una patrullera de la Guardia Civil localizó una embarcación semirrígida de unos 7,20 metros de eslora por 2,70 de manga, con 29 inmigrantes argelinos indocumentados a bordo, a unas 24 millas al Levante de Carboneras.
Los ocupantes habían partido de la costa argelina sobre las 2:00 horas, dirigidos a las costas españolas, bajo la supervisión de los acusados, quienes se encargaban tanto del repostaje de la embarcación como del uso del GPS.
Condiciones peligrosas de navegación
Los acusados actuaban en connivencia con personas no identificadas que cobraron a cada inmigrante aproximadamente 8.000 euros por su traslado. El viaje se llevó a cabo en su gran parte en horas nocturnas, en una embarcación «carente de toda medida de seguridad» y «no apta» para este tipo de trayectos, ya que carecía de chalecos salvavidas, bengalas, señales fumígeras flotantes, así como de equipos de navegación, radiocomunicaciones, contraincendios y de achique.
El reducido tamaño de la patera, sumado a las adversas condiciones meteorológicas registradas con vientos de hasta fuerza cinco y un mar de marejadilla a marejada, con olas de hasta 1,25 metros, ponía en grave peligro la vida de los ocupantes, que viajaban en una embarcación «sumamente inestable» con «evidente y concreto riesgo de entrada de agua».
Riesgos adicionales y otros casos
Además, la embarcación cruzó una ruta utilizada en esos momentos por 74 buques mercantes, lo que aumentaba el peligro de colisión, dado que la patera carecía de luces de posición.
Por otro lado, la Audiencia descartó, por falta de pruebas, que los acusados hubieran participado días antes en el traslado de otra patera, que había sido avistada por agentes de la Guardia Civil en aguas cercanas a Cabo de Gata, donde se llegó a producir un desembarco en Cala Príncipe antes de que los responsables de la nave lograran escapar mar adentro.

