El Consejo de Ministros de este martes aprobará el anteproyecto para la reforma de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, coincidiendo con la celebración del Día Internacional de la Seguridad y Salud Laboral. España llega a esta conmemoración con un lamentable registro de 104 trabajadores fallecidos en los dos primeros meses de 2023, un incremento de seis respecto al mismo periodo de 2022, según los últimos datos provisionales del Ministerio de Trabajo.
El Departamento dirigido por Yolanda Díaz presentó a mediados de marzo, para audiencia e información pública, el anteproyecto de ley que reforma la Ley de Prevención de Riesgos Laborales de 1995 y del Reglamento de los Servicios de Prevención de 1997. Su objetivo es adaptar estas normativas a las nuevas realidades del mundo laboral.
De acuerdo con el texto del anteproyecto —resultado del acuerdo entre el Ministerio de Trabajo y los sindicatos CCOO y UGT— las empresas estarán obligadas a implementar procedimientos de retorno al trabajo tras ausencias prolongadas por motivos de salud, incluyendo actualizaciones de la formación preventiva en ciertos casos. Además, se establece que las empresas deberán garantizar la vigilancia de la salud física y mental de los trabajadores, lo que implica realizar pruebas y exámenes médicos específicos al inicio de la relación laboral, de manera periódica y después de ausencias prolongadas.
SE PROHIBIRÁ A LOS MENORES TRABAJAR DONDE ESTÉN EXPUESTOS AL PORNO
Entre las novedades de la reforma se encuentra también la actualización de las actividades laborales prohibidas a menores de 18 años. Se modifica la regulación vigente desde el Decreto de 26 de julio de 1957 sobre industrias y trabajos prohibidos a mujeres y menores por ser peligrosos o insalubres. Según el texto, los menores de 18 años no podrán trabajar en recintos con animales feroces o venenosos, en empleos para el sacrificio industrial de animales, en trabajos cuyo ritmo esté condicionado por máquinas y cuyo salario esté ligado a resultados, ni en actividades que impliquen exposición a actos o representaciones de carácter pornográfico o violento.
Asimismo, los menores no podrán desempeñar empleos que superen sus «capacidades físicas o psicológicas», ni trabajos que requieran el uso de máquinas peligrosas como sierras circulares o prensas. Sin embargo, estas actividades podrán llevarse a cabo en el marco de contratos formativos, siempre y cuando se justifique su necesidad educativa, estén bajo la supervisión de un trabajador cualificado y se adopten todas las medidas preventivas basadas en la evaluación de riesgos.
Estas restricciones se suman a las ya establecidas en el Reglamento de los Servicios de Prevención, las cuales se actualizan para incluir la prohibición de trabajos con exposición a radiaciones, sustancias tóxicas, agentes cancerígenos y biológicos, así como la manipulación y fabricación de explosivos, la minería, y trabajos en la construcción con riesgo de caída o sepultamiento, entre otros.
DERECHO A LA INTEGRIDAD FÍSICA Y MORAL
El anteproyecto también modifica el artículo 4 del Estatuto de los Trabajadores, añadiendo entre los derechos laborales el derecho a la integridad física y moral, así como a la protección contra la violencia y cualquier tipo de acoso. Además, plantea la modificación de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) para regular de manera más precisa las infracciones en materia de igualdad y no discriminación en el empleo y en el acceso al mismo.
Se considerarán reducciones del 40% en las multas cuando se cumplan ciertas condiciones, como que la sanción tenga solo un carácter pecuniario y que el responsable pague antes de la resolución, renunciando a cualquier acción o recurso. Sin embargo, esta reducción no aplicará a infracciones que incluyan sanciones accesorias o que estén vinculadas a accidentes laborales.
AGENTE TERRITORIAL DE PREVENCIÓN
El texto también permitirá a los delegados de prevención contar con un aumento del 20% en su crédito horario y ofrecerá apoyo a las pequeñas y medianas empresas mediante la figura del agente territorial de prevención, que incluirá la consulta a los sindicatos en la elección de mutuas de accidentes de trabajo. Se contempla la bonificación de la formación obligatoria en prevención de riesgos para las empresas con menos de 10 trabajadores y se establece que los delegados deben tener al menos formación de nivel básico adaptada a su sector.
La normativa reduce los umbrales para constituir servicios de prevención propios (300 trabajadores, 150 en actividades peligrosas) y limita a 10 el número máximo de trabajadores para que la empresa asuma la actividad preventiva. Por otra parte, el Reglamento de los Servicios de Prevención de 1997 se actualizará con respecto a la acreditación de entidades especializadas como servicios de prevención.
El propósito de esta reforma es visibilizar y abordar ciertos riesgos laborales en aumento, tales como aquellos relacionados con factores psicosociales, el cambio climático, el teletrabajo y las deficiencias en desconexión digital. También se busca integrar la perspectiva de género en la gestión de la prevención de riesgos laborales, garantizando la protección equitativa de todos los trabajadores. Adicionalmente, se pretende incorporar la diversidad generacional y mejorar la protección de trabajadoras embarazadas o en período de lactancia, así como promover la sensibilización y gestión de riesgos psicosociales y ergonómicos en el entorno laboral.
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