El 21 de diciembre de 2025, la Dirección General de Tributos del Gobierno de Aragón anunció la actualización de las instrucciones que regulan el servicio de ayuda para la confección, pago y presentación de las autoliquidaciones de los impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, así como sobre Sucesiones y Donaciones. Esta medida tiene como objetivo adaptarse a la normativa vigente y a los recursos disponibles.
Objetivo de la Actualización
La resolución, firmada por el director general de Tributaria, Francisco Pozuelo Antoni, busca garantizar una atención adecuada a los contribuyentes y fomentar el uso de medios electrónicos. Este servicio está especialmente dirigido a personas que no están obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración y que no disponen de medios técnicos suficientes para realizar las autoliquidaciones por sí mismas. Sin embargo, quedan excluidas aquellas personas que actúan por representación.
La solicitud para acceder a este servicio es voluntaria y su admisión dependerá de la disponibilidad de datos y de los medios técnicos que aseguren la necesaria seguridad jurídica.
Canales de Atención
La atención se proporcionará preferentemente a través de canales no presenciales, usando el teléfono de Información Tributaria y el correo electrónico corporativo que se facilitará a cada usuario. No obstante, se mantendrá la atención presencial en casos donde las dificultades en el uso del lenguaje o de las herramientas digitales hagan necesaria esta modalidad.
Plazos y Requisitos
La resolución especifica que se establecerán plazos mínimos para solicitar el servicio, los cuales deberán respetarse para garantizar su correcta prestación. Además, se regularán los supuestos de admisión, inadmisión y exclusión, especialmente en aquellos casos con mayor complejidad o un elevado número de bienes. También se describen los trámites que pueden realizar los funcionarios habilitados, siempre bajo autorización expresa del contribuyente.
Con esta medida, la Dirección General de Tributos refuerza su compromiso con la simplificación administrativa, la asistencia efectiva al contribuyente y el impulso de la administración electrónica, alineándose así con la normativa estatal y autonómica vigente.
La resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón y se difundirá a través del portal de tributos del Gobierno de Aragón.

