
VALLADOLID 11 Abr. (EUROPA PRESS) – La constitución de las Cortes de Castilla y León el próximo martes, 14 de abril, para iniciar la XII Legislatura permitirá la entrada en vigor de las normas que establecen el régimen al que quedarán sujetos los procuradores que tengan reconocida la dedicación exclusiva a sus tareas parlamentarias.
Marco Legal y Contexto
Así consta en el Acuerdo de la Mesa de las Cortes adoptado el pasado 2 de octubre de 2025, en la XI Legislatura, que estableció en el octavo punto que las normas acordadas entonces entrarían en vigor el día de la sesión constitutiva de las Cortes que surgieran de las primeras elecciones autonómicas, hecho que se producirá este martes.
El Acuerdo de la Mesa de las Cortes usó como modelo el régimen de incompatibilidades establecido por la Ley Orgánica del Régimen Electoral General para los miembros de las Cortes Generales, desde el convencimiento de que la experiencia acumulada en el Congreso y en el Senado facilitará la interpretación y aplicación y reforzará la seguridad jurídica de los procuradores afectados.
Dedicación Exclusiva
Estarán acogidos al régimen de dedicación exclusiva los seis miembros de la Mesa de las Cortes y los portavoces de los grupos parlamentarios, salvo renuncia expresa a ese régimen mediante escrito dirigido a la Mesa de la Cámara.
Además, estarán incluidos en el régimen de dedicación exclusiva los procuradores que designen los portavoces de los distintos grupos en el número que establezca la Mesa al comienzo de cada legislatura. No obstante, los portavoces podrán modificar las designaciones en cualquier momento.
Incompatibilidades del Régimen
El acuerdo dictamina que el régimen de dedicación exclusiva de los procuradores es incompatible con el ejercicio de la función pública retribuida mediante sueldo, salario o arancel y con el desempeño de cualquier otro puesto en los órganos constitucionales o estatutarios, de las administraciones públicas, sus organismos y entes públicos, y empresas con participación pública directa o indirecta mayoritaria.
También será incompatible con la percepción de otra remuneración con cargo a los presupuestos públicos y el cobro de pensiones de derechos pasivos o de cualquier régimen de Seguridad Social público y obligatorio.
Restricciones Adicionales
Además, la dedicación exclusiva no podrá compatibilizarse con ser contratista de obras, servicios o suministros pagados con fondos públicos, ni con el desempeño de funciones de dirección, asesoramiento o representación en empresas o sociedades vinculadas a estas actividades.
Unas de las incompatibilidades más relevantes tienen que ver con la participación en empresas que tengan contratos con el sector público. La dedicación exclusiva será incompatible con la participación superior al 10% en empresas o sociedades que obtengan contratos de obras o servicios con el sector público, salvo excepciones por herencia.
Conclusiones
En resumen, la entrada en vigor de estas normas a partir de la constitución de las nuevas Cortes marca un salto significativo en la regulación de la dedicación de los procuradores en Castilla y León, garantizando mayor transparencia y limitando potenciales conflictos de interés en el ejercicio de sus funciones.

