
LOGROÑO, 16 Mar. (EUROPA PRESS) – La Audiencia Provincial volverá a juzgar este miércoles, 18 de marzo, a cuatro miembros del clan de los ‘Altimasveres’ por tráfico de drogas, a los que el Ministerio Fiscal pide cuatro años de prisión para dos de ellos y tres años para otros dos.
Según el escrito de acusación al que ha tenido acceso, tras las investigaciones de la Unidad de Droga y Crimen Organizado (UDYCO), la Policía Nacional descubrió que el clan de ‘Los Altimasveres’ contaba con un nuevo domicilio en Logroño.
Este grupo se dedicaba al tráfico de sustancias estupefacientes, específicamente heroína y hachís, en la capital riojana y había sido objeto de numerosas intervenciones policiales.
Desde su nuevo domicilio, donde los acusados, P.A.M., nacido en Logroño y de 30 años, y A.B.M., nacida en Zaragoza y de 26 años, vivían con dos hijos menores, se realizaba la venta de droga. Todos los días, a primera hora de la mañana y última de la tarde, el encausado F.A.M., alias ‘Chorri’, logroñés de 45 años, y M.M.A., madre y suegra respectivamente, también presente en el hogar, nacida en Navarra y de 64 años, acudían al lugar.
Las labores de vigilancia de la UDYCO revelaron que, a las 20:05 horas del 13 de abril de 2019, los policías nacionales sorprendieron a un individuo oculto entre vehículos consumiendo cocaína con papel de plata, sustancia que había adquirido en el domicilio mencionado.
Tres días después, se intervino a otro consumidor en posesión de una servilleta de papel con tres papelinas selladas con heroína, también compradas en este domicilio, así como otros incidentes similares que continuaron sucediendo en días posteriores.
Por otro lado, en el hogar de Varea, donde residían M.M.A. y F.A.M., los policías locales, alrededor de las 07:15 horas del 23 de marzo de 2019, observaron a un individuo que llegaba y salía con una bolsa de hachís.
Para el fiscal, los hechos descritos constituyen un delito contra la salud pública en la modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud pública. Así, solicita cuatro años de cárcel y una multa de 139 euros para F.A.M. y M.M.A, a quienes se les aplica la agravante de reincidencia, mientras que para P.A.M. y A.B.M. pide tres años y la misma multa.
