La consellera de Hacienda y Economía de la Generalitat Valenciana, Ruth Merino, ha instado al Gobierno español a adoptar «todas las medidas necesarias» a fin de que los titulares de vehículos siniestrados durante la dana que no han podido ser peritados debido a su desaparición, puedan conservar las ayudas que han recibido.
Solicitudes a la DGT para evitar reembolsos
En su declaración, Merino subrayó la importancia de habilitar un procedimiento extraordinario por parte de la Dirección General de Tráfico (DGT) para otorgar la baja definitiva a estos vehículos. De no hacerlo, cientos de ciudadanos podrían verse obligados a reembolsar la ayuda recibida al no poder acreditar la declaración de siniestro total de sus automóviles.
La consellera recordó que, aunque muchos afectados cuentan con una baja provisional, la DGT no puede dar de baja definitivamente estos vehículos sin un peritaje que confirme que son inservibles. Esta falta de certificación, según Merino, podría impedir que los titulares de estos automóviles reciban la indemnización correspondiente del Consorcio de Compensación de Seguros y las ayudas otorgadas por la Generalitat para vehículos siniestrados en la riada, dado que, como norma, es necesario el achatarramiento del vehículo.
Gestiones de la Agencia Tributaria Valenciana
Merino expresó que son conscientes de la inquietud y la impotencia que este asunto genera en cientos de afectados, y reafirmó el compromiso de la Agencia Tributaria Valenciana (ATV) de realizar todas las gestiones necesarias para garantizar que los perjudicados puedan conservar sus ayudas. Sin embargo, destacó que la competencia para emitir la declaración de baja definitiva recae exclusivamente en la DGT.
En este sentido, la ATV ya se ha comunicado con la DGT con la finalidad de encontrar una solución adecuada para esta situación. Además, ha garantizado que se llevarán a cabo todas las gestiones pertinentes para que los afectados que han recibido su compensación no la pierdan.
Por consiguiente, la consellera ha urgido a la DGT a que, como órgano competente en el trámite de las bajas definitivas, habilite en el menor tiempo posible un procedimiento extraordinario que permita la baja oficial de aquellos vehículos que, a pesar de tener una baja provisional, no han podido ser localizados para su peritaje.

