Dom. May 10th, 2026

Condenan a nueve años de prisión a un instalador de alarmas por agredir sexualmente a una clienta

Condenan a nueve años de prisión a un instalador de alarmas por agredir sexualmente a una clienta

Sentencia de agresión sexual en Cantabria

SANTANDER, 20 Mar. (EUROPA PRESS) – La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a nueve años de prisión a un empleado de una empresa de seguridad que violó a una mujer cuando acudió a su casa para finalizar la instalación de la alarma que había contratado.

La Sala de la Sección Primera de la AP ha dictado una sentencia en la que considera acreditada la agresión sexual, imponiendo una pena de prisión un año inferior a la que habían solicitado el fiscal y la acusación particular que representa a la denunciante.

Medidas adicionales impuestas

Además, el tribunal ha prohibido al condenado acercarse a menos de 300 metros de la víctima, su domicilio o lugar de trabajo y comunicarse con ella por cualquier medio durante 15 años. También se le inhabilita para cualquier profesión, oficio o actividad que conlleve contacto con menores durante 12 años, sumando a ello una medida de libertad vigilada durante 8 años tras cumplir la pena de prisión.

Indemnización por daños

En concepto de responsabilidad civil, el tribunal ha condenado al procesado a indemnizar a la víctima en 1.000 euros por el tiempo en que las lesiones se estabilizaron; 15.000 euros por daño moral y secuelas, y 3.450 euros por gastos médicos, cifra que la denunciante anunciaba como superior a 6.000 euros.

La resolución que impone el pago de las costas procesales al implicado no es firme, ya que cabe interponer recurso ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria; aunque la acusación particular, ejercida por Rafael de la Gándara, no tiene intención de apelar.

Defensa del acusado

La empresa para la que trabajaba el hombre también está personada en el procedimiento como responsable civil subsidiaria. La defensa solicitó la libre absolución de su patrocinado, quien argumentó en el juicio que las relaciones sexuales fueron consentidas. “Me dejé llevar y cometí una infidelidad a mi pareja”, declaró durante el plenario. “Fui a hacer mi trabajo y ella estaba todo el rato al lado mío. No sé cómo sucedió, pero nos dimos un beso y fue todo espontáneo”, agregó.

No obstante, las magistradas de la Sección Primera de la Audiencia concluyeron que el acusado cometió un delito de agresión sexual al acudir a la vivienda de la víctima, tras haber ido en dos ocasiones anteriores, para finalizar la instalación de la alarma. En su tercer encuentro, ocurrido a las 14:30 horas del 19 de septiembre de 2023, realizó “actos de naturaleza sexual atentatorios contra su derecho a la libre determinación”, actuando “acometiéndola físicamente” como medio para facilitar la conducta sexual no consentida.

Descripción de los hechos

La Sala confirmó que la violencia estuvo presente en el suceso, independientemente de la gravedad de las lesiones. El hombre, usando su mayor fortaleza física, agarró y mantuvo inmovilizada a la mujer, arrojándola contra la cama y forzándola a abrir las piernas para facilitar la penetración vaginal.

De esta manera, la víctima fue obligada mediante “fuerza física” a realizar actos sexuales que no sólo carecían de su consentimiento explícito, sino que ella también había manifestado su voluntad contraria con palabras y gestos, intentando huir.

FUENTE

Constanza Sanchez

Por Constanza Sanchez

Soy periodista especializada en comunicación digital y producción de contenidos multimedia. Combino redacción, análisis de audiencias y SEO para crear historias claras y relevantes. Me enfoco en formatos innovadores, narrativas visuales y en desarrollar contenidos que conecten con comunidades diversas en entornos informativos dinámicos.

Related Post

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *