VALLADOLID, 16 Sep. (EUROPA PRESS) – El Fiscal Anticorrupción en el caso de la ‘trama eólica’, Tomás Herranz, ha defendido la legalidad de la investigación iniciada en su día contra los trece encausados, entre exaltos cargos de la Junta y empresarios. Estos están acusados de concertarse entre el periodo 2000-2015 para lucrarse con el proceso de autorización de parques eólicos en Castilla y León. Además, Herranz ha rechazado la prescripción de los delitos alegada por los presuntos implicados, en especial el exvicensejero de Economía, Rafael Delgado, quien, según el fiscal, mantuvo una actuación delictiva «de continuo».
Tras las exposiciones de las defensas en el primer día del juicio, en las que invocaron la nulidad de las actuaciones y la prescripción de los delitos imputados, las acusaciones, encabezadas por el Fiscal Anticorrupción, han solicitado la desestimación de estas alegaciones. Herranz ha pedido «prudencia» al tribunal para que no resuelva las cuestiones previas antes de iniciar la prueba testifical, sugiriendo esperar a pronunciarse en ejecución de sentencia, tras «la valoración de la prueba».
El acusador público ha argumentado que «la actividad de Rafael Delgado es de continuo… está delinquiendo todo el tiempo, desde el año 2004 hasta el último acto de blanqueo de capitales que se le imputa». En una intervención técnica, rechazó la prescripción de los delitos y otorgó plena validez al informe del inspector de la Agencia Estatal Tributaria, Juan Tocino, que fue clave en la génesis de esta causa penal.
Legalidad del informe
En este sentido, el acusador ha matizado que el informe cuestionado contaba con el visto bueno de los servicios jurídicos de la Agencia Estatal Tributaria, que entendió que los hechos investigados debían ser entregados a la Fiscalía. Tomás Herranz agregó que «el funcionario no se saltó la cadena», y que incluso de haber presentado denuncia directamente, esta habría tenido plena validez.
Respecto al delito de cohecho, Herranz particularizó el caso de Rafael Delgado, señalando que la causa en la Audiencia Provincial presenta indicios de acuerdo entre Iberdrola y representantes de la Junta. «Hubo un plan conjunto, un acuerdo de cohecho», afirmó. Además, insistió en que no ha transcurrido el tiempo estipulado para que los delitos prescriban, que son quince años.
Denuncia derivada de una obligación legal
La abogada del Estado, en representación de la Agencia Estatal Tributaria, también defendió la legalidad del informe que dio origen a la causa penal, caracterizándolo como una «denuncia que se deriva de una obligación legal». Según ella, aunque pudiera contener algunas anomalías, su contenido es mínimo y ha sido corroborado en la fase de instrucción.
La abogada destacó que «se descubrieron hechos que llamaron la atención tanto por la corriente monetaria detectada como por lo poco lógico de las relaciones comerciales entre las partes».
Una organización criminal
Las acusaciones particulares cerraron la fase de cuestiones previas defendiendo su legitimación activa en el procedimiento, alegando que sus empresas fueron perjudicadas económicamente por esta «trama». El letrado de Enersol sostuvo que esta situación provocó la paralización de los parques eólicos que intentaban impulsar.
Se solicitó al tribunal, incluida la Federación Ecologistas en Acción, que desestimara las pretensiones de nulidad del procedimiento y la prescripción de los delitos. Este último abogado calificó a los imputados como una «organización criminal», aunque este término no fue incluido en el auto de apertura del juicio oral.
Un juicio penal, no un juicio político
Concluido el trámite de previas, la Audiencia de Valladolid resolvió parte de ellas y pospuso las más complejas para más adelante. La Sala acordó rechazar la nulidad del proceso basándose en la teoría del «fruto del árbol envenenado» y unificó ocho acusaciones particulares en un solo letrado, dado que sus escritos eran idénticos.
Asimismo, se desestimó la solicitud de Rafael Delgado para incorporar a la causa los diarios de sesiones de las Cortes correspondientes a intervenciones del fallecido Tomás Villanueva sobre la legalidad de los procedimientos para la instalación de parques eólicos.
El presidente del tribunal hizo hincapié en que «no estamos ante un juicio político sino ante un juicio penal contra personas a las que se imputan delitos concretos», advirtiendo que no se tolerará la conversión del juicio en un ámbito político. La vista oral se reanudará el próximo 6 de octubre, cuando empezará la prueba testifical, prevista con más de ochenta testigos.
(EUROPA PRESS CASTILLA Y LEÓN)

